LA PROBIDAD


LA PROBIDAD

                    "EL TALENTO SIN PROBIDAD, ES UN AZOTE"  SIMÓN BOLÍVAR

   La etimología de probidad nos remite a la lengua latina, más precisamente al término probitas. La probidad es la honestidad y la rectitud: una persona honrada, por lo tanto, es aquella que tiene probidad.
Probidad
  Puede decirse que la probidad está vinculada a la honradez y la integridad en el accionar. Quien actúa con probidad no comete ningún abuso, no miente ni incurre en un delito. Lo contrario a la probidad es la corrupción, que implica un desvío de las normas morales y de las leyes.
  La probidad, en definitiva, es una virtud. En una sociedad utópica, todos las personas serían probas (es decir, actuarían con probidad). De este modo no habría lugar para la corrupción, el abuso de poder, los sobornos, etc.
La realidad, por supuesto, demuestra que la probidad no es una virtud presente en la totalidad de los seres humanos. En ciertas profesiones, la carencia de probidad resulta aún más grave y dañina, ya que del accionar del profesional se desprenden perjuicios para una gran cantidad de personas.
 Si un juez carece de probidad, no puede administrar justicia. Sus fallos no serán imparciales, ya que pueden estar determinados por sobornos. De esta manera, un juez que no es probo puede condenar a prisión a un inocente o dejar en libertad a un asesino.. 
El gobernador de una provincia que no tiene probidad puede quedarse con fondos públicos, aceptar coimas para beneficiar a una empresa o impedir que sus opositores políticos hagan uso de sus derechos. Todos los funcionarios públicos, de hecho, deben comportarse con probidad.
                                Despido por falta de probidad
    El despido es la causa más común de la finalización de un contrato de trabajo. En la legislación laboral de más de un país se establece, de hecho, que esto sea así hasta que se pruebe lo contrario. Existe múltiples razones por las cuales un empleador puede optar por despedir a un empleado; una de ellas, presente en muchas partes del mundo aunque bajo diferentes nombres, es la denominada por falta de probidad u honradez.
  Tomando como referencia el Código de Trabajo de Panamá, por ejemplo, se define la causal de falta de probidad u honradez como la comisión de faltas graves de honradez o probidad, o bien de un delito contra la propiedad por parte de un trabajador, de manera que perjudique directamente a su empleador.
Es posible distinguir esta causal de las demás partiendo de una serie de características bien elaboradas, entre las cuales encontramos las siguientes cuatro:
* el trabajador debe incurrir en la omisión de un deber ético, o sea que debe incumplir un compromiso con su empleador que entre en el grupo de las acciones consideradas correctas y propias de un buen profesional del campo en el cual se desempeñe. Además, es importante señalar que su acción puede darse tanto por omisión como por comisión, o sea que no necesariamente habla de de una actuación directa, sino también de la negligencia ante la falta de probidad;
* el incumplimiento debe tener lugar mientras el empleado ejecuta sus labores, independientemente de su ubicación en el momento de la acción. Si bien puede haber excepciones en casos muy graves, la conducta de un trabajador en su vida personal no debería afectar su situación laboral;
* la persona que incurre en la falta de probidad debe ser consciente de su error, lo cual habla de una actuación dolosa o, en otras palabras, la intención de hacer el mal. Uno de los ejemplos más comunes es la presentación de un certificado médico falso para poder ausentarse del trabajo, algo que puede acarrear sanciones penales para el médico y el empleado;
* la gravedad de la falta debe ser tal, que resulte imposible, continuar con la relación laboral. Es difícil para un empleador, confiar en un trabajador, que ha actuado de manera deshonesta y, por lo tanto, el despido parece la medida más lógica. www.wikipedia.org

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